[hackmeeting] Fw: Vaya cara dura de los buitres de la SGAE

Alfonso alfonso en sindominio.net
Mar Ene 29 23:37:49 CET 2002


Salute:

Resulta que ayer envie un mail al responsable económico y finaciero de la
SGAE para preguntar que debia hacer para recuperar el famoso canon de los
CD-R cuando el material grabado no estaba sujeto a restrcciones ni
patemntes y esta fue la "magistral" contestación:


Begin forwarded message:

Date: Tue, 29 Jan 2002 10:24:05 +0100
From: "Maria Jesus Raudona Gomez" <mraudona en sgae.es>
To: <alfonso en sindominio.net>
Subject: Re: Dudas


Estimado Alfonso:
La remuneración compensatoria por copia privada no la impone la SGAE, sino
que está prevista en la Ley de Propiedad Intelectual, en su artículo 25 y
se establece sobre todos los equipos y soportes idóneos para la grabación
de obras musicales y/o audiovisuales. Obviamente no todo el mundo utiliza
los CD-r para grabar música, pero sí de una forma mayoritaria; según
nuestros estudios, más del 77% de los compradores de CD-r los utilizan
para grabar obras musicales. No obstante, cuando el legislador calculó el
importe de la remuneración, ya tuvo en cuenta el porcentaje de usuarios
que no graban repertorio protegido. En caso contrario la remuneración
sería más alta. Por ello no podemos devolver el importe de la remuneración
a los usuarios que no graban repertorio protegido en los CD-r,como tampoco
la devolvemos a los compradores de cassettes que no utilizan las mismas
para grabar música. Sin embargo en el caso de su trabajo en la radio,
puede entrar dentro de las excepciones que marca la Ley de Propiedad
Intelectual. En ella se exceptúa del pago de la remuneración por copia
privada a las entidades de radiodifusión siempre y cuando las mismas estén
difundiendo repertorio protegido con la debida autorización. Para ello la
entidad correspondiente deberá solicitarnos el certificado de exención de
la remuneración por copia privada y, una vez en su poder el citado
certificado, lo exhibirán a sus proveedores de material sujeto a copia
privada a fin de que no les carguen el canon correspondiente. En caso de
que la emisora para la que trabaja desee solicitar este certificado, le
ruego se dirija a nuestro Departamento de Radiodifusión, a la atención de
Roberto Rodríguez, y al número de fax  91 349 96 31. Quedando a su
disposición para cualquier otra consulta que desee realizar, reciba un
atento saludo, María Jesús Raudona
Jefe de Recaudación de Copia Privada

>>> Alfonso <alfonso en sindominio.net> 28/01/02 4:34:52 >>>

Señor Razcoaga:

Siendo conocedor del canon que la Sociedad General de Autores tiene
previsto aplicar a la venta de los CD-R me surge una duda que me pude
afectar personalmente.

Resulta que el que suscribe utiliza muy a menudo la copia de CD'a como una
práctica habitual, pero de materiales no sujetos a patentes ni
restricciones, es decir software con licencia GPL además de trabajar como
técnico en una pequeña emisora de radio en la cual tengo que grabar cada
semana las voces de personan ajenas a estas patentes y restricciones.

Le agradeceria que me informara de lo que debo hacer para recuperar ese
canon que su compañía está imponiendo, ya que considero poco etico e
ilegal en cobrar por un servicio no prestado.

Me despido a la espra de su pronta contestación.

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