[hm] Interpretación de la GPL según GT Solutions
Manuel JRE
manje en manje.net
Lun Nov 17 18:48:15 CET 2008
Un Par de cosas sobre este caso, lo primero que hay que saber es de quien es
el copyright, del programa, es decir, del programa binario que distribuyen
que parte de él es GPL pero no programado por ellos. Los titulares de estos
derechos son los que pueden denunciar, y es cuando es válida la demanda
civil.
Si el progrma es 100% código de ellos si que pueden hacer lo que están
haciendo, entre otras cosas porque la licencia no les afecta a ellos, sino a
quien recibe el código. Tienen que cumplir la GPL cuando descargan un
programa GPL y lo modifican.
Si ciertamente distribuyen la modificación/amplicación de software gpl tienen
que denunciarlos los titulares de esos softwares, habría que ponerse en
contacto con el proyecto de software correspondiente, si no tiene los
derechos la FSF no pueden denunciar.
En todo caso si se verifica que están incumpliendo la GPL sería muy grave
habiendo sido patrocinador
> >Si usted desea el código fuente no hay ningún problema por nosotros. Le
> >indicamos el importe del mismo y el numero de cuenta donde puede
> >realizar la
> >transferencia.
>
> No necesito releerme la licencia GPL para saber que tienen la obligación
> de facilitarme, gratuitamente, la descarga del código fuente. ¿O estoy
> equivocado?
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