[hm] Interpretación de la GPL según GT Solutions

Manuel JRE manje en manje.net
Lun Nov 17 18:48:15 CET 2008


Un Par de cosas sobre este caso, lo primero que hay que saber es de quien es 
el copyright, del programa, es decir, del programa binario que distribuyen 
que parte de él es GPL pero no programado por ellos. Los titulares de estos 
derechos son los que pueden denunciar, y es cuando es válida la demanda 
civil.

Si el progrma es 100% código de ellos si que pueden hacer lo que están 
haciendo, entre otras cosas porque la licencia no les afecta a ellos, sino a 
quien recibe el código. Tienen que cumplir la GPL cuando descargan un 
programa GPL y lo modifican.

Si ciertamente distribuyen la modificación/amplicación de software gpl tienen 
que denunciarlos los titulares de esos softwares, habría que ponerse en 
contacto con el proyecto de software correspondiente, si no tiene los 
derechos la FSF no pueden denunciar.

En todo caso si se verifica que están incumpliendo la GPL sería muy grave 
habiendo sido patrocinador



> >Si usted desea el código fuente no hay ningún problema por nosotros. Le
> >indicamos el importe del mismo y el numero de cuenta donde puede
> >realizar la
> >transferencia.
>
> No necesito releerme la licencia GPL para saber que tienen la obligación
> de facilitarme, gratuitamente, la descarga del código fuente. ¿O estoy
> equivocado?


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