[Infos] S.O.S. LIMPIEZAS DELHOSPITAL RAMON Y CAJAL. HOJA Nº 14 .EL DESPIDO DEL COMITÉ ES NULO
lenterao at sindominio.net
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Mon Nov 18 15:28:08 CET 2002
El doce de Noviembre hemos conocido la sentencia en la que, con fecha de
24 de Octubre de 2002, la jueza del Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid
declara: ..... la nulidad del despido efectuado a l at s trabajador at s por
tratarse de un despido discriminatorio que atenta contra el Derecho
Fundamental a la libertad sindical.... condenando a la empresa demandada
a que readmita a l at s trabajador at s en su puesto de trabajo, debiéndoles
abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y
hasta la efectiva redmisión
En los fundamentos de derecho de la citada sentencia aparece una amplia
argumentación de la que destacamos: .... el 17 de Junio, el Comité de
Empresa desempeño sus funciones habituales de representación de la
plantilla .... ante la evidente necesidad de dicha actuación...... la
empresa no ha propuesto prueba objetiva alguna que pudiera acreditar que
los demandantes impidieran realizar la limpieza de los quirófanos,...pero
sí se ha probado, como se desprende del relato fáctico, que el desempeño
de las labores sindicales no lo impidió en ningún momento Nadie impidió
la limpieza del quirófano.... la suspensión de la intervención
quirúrgica... obedeció a un problema de coordinación de la
empresa....siendo imputable en su caso a la empresa que no tomara las
medidas adecuadas para evitar dicha situación tal y como contratos a
personal especializado.....dado el carácter tan delicado de dichas
estancias (quirófanos) y el riesgo para la salud pública que puede
ocasionar su limpieza y desinfección defectuosa.......la única
motivación para despedir a las trabajadoras es la del ejercicio del
derecho sindical de las mismas...
Expresamos nuestra satisfacción ante una sentencia capaz de discernir,
entre los cientos de páginas de argumentación y pruebas, la realidad de
los hechos y, en base a ellos, dictar una sentencia justa. Esta sentencia
no solo reconoce nuestra demanda de readmisión del comité despedido.
También asume nuestras razones acerca de dicho despido, a saber:
- El despido es injusto, ilegal y vulnera libertades fundamentales.
- En ningún momento impedimos la limpieza del quirófano. Nunca nos hemos
negado a realizar las nuevas tareas. Solo hemos intentado que se
realizaran respetando los derechos laborales y la salud pública. NOS HAN
DESPEDIDO POR HACER BIEN NUESTRO TRABAJO, NO POR NO QUERER HACERLO.
- Todos los problemas y desórdenes tienen su causa en el incumplimiento
prolongado e impune de la contrata Ferrovial Eurolimp (F.E.). EN ESTE
HOSPITAL MANDA FERROVIAL.
La sentencia repara un daño causado, el despido injusto e ilegal del
comité. También restablece un derecho político vulnerado, la libertad
sindical, así como nuestra propia imagen, lesionada con la falsa
acusación de impedir la limpieza de un quirófano.
Amparándose en esta imagen calumniosa, F.E., la Gerencia del Hospital y
las autoridades de la Consejería de Sanidad del Gobierno del PP, se han
negado a recibirnos durante cuatro meses y han abatido sobre nosotr at s una
enorme violencia. Sobre esta imagen, los medios de comunicación han
favorecido la actividad ilegal continuada de F.E. y la cómplice pasividad
del Gerente del hospital.
Durante 160 días, l at s 300 trabajador at s de la limpieza y muchos miles de
enfermos, familiares y trabajador at s de otros estamentos del Hospital
Ramón y Cajal, hemos sido víctimas de múltiples atropellos. Muchos daños
y perjuicios no contemplados en esta sentencia, adquieren, a la luz de
sus argumentaciones, una nueva significación.
Sí todos los problemas tienen su origen en el incumplimiento de F.E. del
acuerdo tripartito de Abril, ¿quién debe responder de la alteración del
orden en el hospital durante los últimos meses? ¿Por qué el Gerente del
Hospital y su cadena de mando han permitido a F.E. dicho incumplimiento?
¿Cómo juzgar el comportamiento doloso de F.E. en el que los
incumplimientos de convenios y acuerdos se complementan con el despido
del comité. Posteriormente, con la privación del derecho de huelga a
través de servicios mínimos desproporcionados y de coacciones a l at s
trabajador at s y hace solo diez días, con la orden abusiva de hacer la
nueva limpieza, buscando con ello la desobediencia que les permitiera
despedir a muchas más compañeras?
La sentencia supone la tutela judicial sobre algunos derechos y
libertades vulneradas, pero no sobre todos. Condena algunos
comportamientos injustos e ilegales de F.E. pero desconoce otros muchos.
Nos protege del despido a los ciento treinta y cinco días del mismo. Pero
esta protección no habría servido de nada si, con la ayuda de muchos
colectivos sociales, no nos hubiéramos protegido nosotras mismas. Las
agresiones y privaciones de derechos buscaban reacciones desmedidas y
desobediencias para despedir a muchas más compañeras y con ello, abrir
una crisis de tal volumen que una sentencia favorable al despido de diez
sindicalistas fuera un hecho irrelevante.
¿Quién pedirá cuentas a las políticas de privatización que presentan
estos costes en términos de derechos sociales, derechos humanos y
libertades?
¿Quién nos indemniza a l at s 300 trabajador at s por la incertidumbre, las
coacciones, el miedo, las lagrimas, la desorganización de nuestra vida
personal y familiar durante estos cinco meses?. Sin una respuesta cabal a
estas preguntas, persiste la inseguridad jurídica de trabajador at s y
enferm at s.
¿Qué dirán ahora, a la luz de la sentencia, los sindicatos que no han
hecho nada para ayudarnos y han sido portavoces de las calumnias que nos
criminalizaban? Esperamos su autocrítica pública.
Hemos conseguido un objetivo esencial de nuestra lucha. Pero no todos.
Una vez conseguido lo nuestro, no nos retiramos de la escena. A lo
largo de estos meses, el compromiso de nuestra lucha no solo defendía
nuestros derechos y libertades como trabajadoras, sino también como
ciudadanas, es decir como responsables, por nuestro trabajo de
limpiador at s, de la salud y la higiene de enferm at s, familiares y
trabajador at s. Todo ello ha sido vulnerado por la actividad injusta e
ilegal de F.E. y por el incumplimiento por parte del Gerente del
hospital, de su obligación de garantizar la salud pública y el orden.
Desde la fuerza que nos da el restablecimiento de nuestros derechos y
libertades por la sentencia judicial, seguiremos luchando por la
depuración de responsabilidades de todo lo que ha sucedido, así como en
la construcción de los movimientos sociales como un espacio de apoyo
mutuo, que ha sido decisivo para nosotras.
Agradecemos la solidaridad que hemos recibido de centenares de
colectivos, de la CGT, IU, las Asociaciones en Defensa de la Sanidad
Pública y el Movimiento contra la Globalización, la Europa del Capital y
la Guerra.
BASTA DE YA DE PRECARIEDAD Y PRIVATIZACIONES. SIN PARARLES AQUÍ Y AHORA
OTRA SANIDAD NO ES POSIBLE. OTRO MUNDO NO ES POSIBLE.
Como despedida, tres de las consignas que cantamos y gritamos en la
explosión de alegría y fraternidad de la Asamblea el día que conocimos la
sentencia (las dos primeras con música).
HOLA D. PEPITO. HOLA D. JOSE ¿QUERÍA UNA SENTENCIA? ¡ AHÍ LA TIENE USTED!
FERROVIAL, FERROVIAL, VAYA MIERDA DE CONTRATA. FERROVIAL, FERROVIAL, HAS
METIDO BIEN LA PATA.
VIVA LA LUCHA DE LA CLASE OBRERA.
Comité de empresa (readmitido) de limpiezas del Hospital Ramón y Cajal -
17 de Noviembre de 2002 -
Envío de: caes [caes at nodo50.org]
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