[Presos] El colegio de abogados de Barcelona pide la libertad de los 4 «okupas»

Alex ygimenos at nexo.es
Fri Nov 15 17:36:41 CET 2002



/publicado en Levante digital)



El colegio de abogados de Barcelona pide la libertad de los 4 «okupas»



Creen que los hechos de los que se les acusa no son terrorismo

J. P., Valencia

La Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona del Colegio de Abogados
de Barcelona ha emitido un comunicado en el que asegura que los hechos
atribuidos a los cuatro «okupas» de Valencia encarcelados el pasado 18 de
octubre «podrían ser constitutivos, en caso de ser probados, de delitos de
daños y desórdenes públicos», pero no constituyen «una actuación terrorista»
que merezca la prisión incondicional.

Los cuatro detenidos permanecen recluídos en la prisión de Valencia a la
espera de que el juez instructor del caso se pronuncie sobre los últimos
recursos representados contra la prisión incondicional y contra el secreto
del sumario. El magistrado ha dilatado esta situación hasta decidir si se
inhibe en favor de la Audiencia Nacional, encargada de instruir los casos de
terrorismo.

Según el escrito del Colegio de Abogados de Barcelona, el encarcelamiento de
los cuatro detenidos obedece a «una interpretación desproporcionada de una
legislación antiterrorista introducida en el Código Penal y suficientemente
ambigüa como para permitir la aplicación del concepto de terrorismo en
función del particular criterio de los jueces o la oportunidad del momento
político».

«La consideración del colectivo okupa -dicen- como una organización de
carácter terrorista está en la línea política de criminalización y
desprestigio social de los movimientos alternativos opuestos al pensamiento
único y compuesto por personas que legítimamente se sienten excluidas de un
estado de cosas generador de graves injusticias en los ámbitos económico,
laboral, de vivienda etc.».

La Comisión de Defensa de los derechos de la Persona considera especialmente
grave que las decisiones judiciales tengan su origen en los informes
policiales, pues «es conocida la obsesión policial por relacionar el
movimiento okupa con colectivos relacionados con la conflictividad del País
vasco, con afán de incluir el saco del terrorismo cualquier discrepancia que
ponga en cuestión el orden político o económico vigente».

Dicho esto, la comisión insiste en que «la prisión provisional resulta fuera
de contexto precisamente porque tiene como único fundamento la inadecuada
integración de las conductas de los detenidos en el concepto penal de
terrorismo, inadecuación que comporta penas absolutamente
desproporcionadas». «La medida parece tener como finalidad el escarmiento y
la ejemplaridad y no la adecuada aplicación del principio de presunción de
inocencia», concluyen.

www.nodo50.org/pagalt




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