[cafe-sd] licencias

Quique quique at sindominio.net
Mon Nov 26 10:21:26 CET 2001


Miquel <miquel at sindominio.net> dijo:

> Raimundo Nenen dijo:
> 
> > bueno, como organización distribuidora de expresiones culturales
> > literatura, pintura, música, etcétera, Brujas, dada su relación
> > en sindominio con las patentes libres, 

Lo primero es aclarar que patentes y copyright son cosas muy diferentes. Las
patentes se refieren a ideas. El copyright se refiere a la reproducción de
textos, imágenes, etc. RMS suele explicarlo bastante bien.


> > se ha interesado en
> > registrar las creaciones distribuidos como propiedad intelectual libre.
> > de lo que hemos editado hasta el momento (discos, revistas, libros)
> > sólo un trabajo está registrado, en los registros de propiedad intelectual
> > nacionales (chile), y leyendo las leyes acerca de derechos de autor en el
> > país
> > en la dibam (www.dibam.cl) encargado de estos asuntos, veo que nada
> > figura acerca de las patentes libres.
> > no estoy entendiendo mucho como registrar algo de esta manera

No sé como serán las leyes chilenas. Según las españolas, la propiedad
intelectual pertenece al autor por el sólo hecho de la creación de la obra,
sin sometimiento a ninguna formalidad y, por tanto, con independencia de que
la obra esté o no inscrita en un registro, ya sea éste público o privado. 

Otra cosa es que al autor le pueda interesar inscribir su obra en un registro
para que quede constancia.

El funcionamiento de la GNU FDL es relativamente simple. Se basa en la
legislación internacional sobre copyright. 
Como autor, te corresponden los derechos de explotación (reproducción,
distribución, transformación, etc). 
Lo que haces entonces es autorizar expresamente la copia, etc siempre que se
cumplan determinadas condiciones.
No es un contrato (no se firma nada) sino una licencia. Terceras personas no
están obligadas a aceptar tus condiciones, pero la legislación internacional
de copyright les prohibe usar tu obra de otra manera sin tu autorización.


> > he buscado en internet, y he encontrado en el caso de los textos, por
> > ejemplo
> > el FDDL (free document dissimination licence), pero nada dice de como
> > registrarlo así, no sé si soy medio lerdo, o qué...
> > agradecería que alguién me guiara más en el tema, para poder apoyar
> > esto de la libertad intelectual. miquel me guió algo, pero ahora veo
> > que sigo sin entender, de todas maneras gracias miquel.
> > 
> 
> No hay que registrar nada, la licencia ya está registrada por la FSF.

Miquel:
Ray hablaba de la FDDL (http://pauillac.inria.fr/~lang/licence/v1/fddl.html),
no de la GNU FDL.

Ray:
La Fundación para el Software Libre (FSF) desarrolló una licencia libre para
documentación, llamada GNU FDL, que es de la que habla Miquel. Se encuentra en
http://www.gnu.org/licenses/fdl.html. Tenemos una traducción no oficial en
http://gugs.sindominio.net/gnu-gpl/fdl-es.html


> Yo tengo algunos articulos con
> ella, puedes fijarte, aunque ultimamente los articulos de opinion ya no
> los pongo bajo la FDL, ya que ni el propio Stallman lo hace (me limito a
> usar un freeware literario, que consiste en dar permisos de copia y
> redistribucion, pero no de modificacion: en principio no tiene sentido
> permitir esto ultimo cuando expresas opiniones).

No claro. La GNU FDL está pensada para documentación técnica (manuales de
programas, etc). En general no tiene mucho sentido para ensayos, literatura,
etc. Imagínate que cualquiera pudiera alterar libremente la obra de Nietzsche
para poner en su boca cosas que nunca dijo... (¿o quizás ya sucedió?)

Espero haberte aclarado algo, Ray.
 Quique


-- 
En la escuela nos enseñan a memorizar fechas de batallas,
pero qué poco nos enseñan de amor.





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