[Copyleft-arte] Re: Otro debate [antes era] Sobre la mesa...
Aitor
aitor en e451.net
Dom Mar 4 17:10:38 CET 2007
> ¿cómo se cuadra eso de que ni el editor ni el autor tienen derecho
> a la remuneración, con que DE FACTO la remuneración la cobran las
> EE. de Gestion?
Bien, creo que cometes un error y se revela en un párrafo más
adelante cuando dices que el canon se cobra por el 100% de la
creación. No es así. Se cobra por la creación que no autoriza la
copia privada sin remuneración compensatoria. He hecho una consulta
sobre esta cuestión que espero me resuelvan en breve.
> Aitor, SOMOS UNOS PUTOS INGENUOS.
> Deberíamos dejar de hablar de derechos de autor, y empezar a hablar
> de "remuneracion obligatoria de autor, a beneficio de terceros en
> caso de omisión".
> Ellos están con la mosca detras de la oreja, unos mas que otros
> (VEGAP aun no, evidentemente), porque necesitan legitimar el
> sistema. Fíjate lo que recupero del boletin de CEDRO (que solo lo
> recibimos los socios, paradojas de la vida...), Mira el ultimo
> parrafo, que no tiene desperdicio.
> Es mi batalla, no quiero implicar a nadie en ella.
> Pero mientras sigamos "renunciando" a unos derechos que se cobran
> por defecto, y que si no los identificamos se reparten entre los
> que sí se apuntan al reparto, estamos haciendo el tolili. Para mi,
> esto sí es darle carta de validez al canon. aunque ntx no esté de
> acuerdo. Si se denunciara que el canon se lo reparten entre el 10%
> (?) de los creadores, aunque se cobra por el 100% de la creacion,
> sería un argumento más interesante que nuestra postura, la mia
> tambien, de "no lo cobro para quedarme tranquilo conmigo mismo,
> aunque se lo estén llevando otros".
Está bien, una cosa es tratar de cobrar tu derecho de remuneración
por copia privada sin estar asociado a una entidad de gestión y otra
el copyleft y CC. Es una pretensión legítima que debes ejercer si
produces obra con copyright restrictivo, pero los autores que
ejercemos nuestro derecho de forma distinta ofreciendo nuestro
trabajo para su difusión sin trabas no podemos reclamar luego un pago
por esa difusión.
Y, ojo, eso no quiere decir que los autores estemos "renunciando" a
ningún derecho. Esta es una expresión muy utilizada por las entidades
de gestión para distorsionar la percepción que los autores puedan
tener del ejercicio del derecho de autor en su forma no restrictiva.
Los autores ejercemos nuestro derecho por cuestiones económicas (a
menudo es más rentable la difusión que la restricción) y también para
preservar ciertas libertades. Nunca renunciamos a nuestros derechos.
Saludos.
-aitor
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