[Copyleft-arte] Obra fotográfica vs. mera fotografía
natxo rodriguez
natxo en fundacionrdz.com
Mie Mar 19 09:48:17 CET 2008
Txopi.
El tema que propones es muy interesante y como dice Aitor, tiene
connotaciones políticas en lo que se refiere a los mecanismos de
legitimación del arte contemporáneo. Es decir, quién decide qué es arte
y qué no. En alguna ocasión, escuchando a abogados hablar sobre el tema
concreto de las fotografías, se deducía que finalmente es el juez quien
decide si una obra es fotografía "arte" o "mera" fotografía. Con lo
importante que eso es para determinar si una fotografía pasa al dominio
público antes o después.
Yo tenía por ahí otra referencia al respecto. En "La condición de
autor", un artículo incluido en la publicación de Fundación Arte y
Derecho (aka VEGAP) "El futuro de la creación. Los derechos de autor de
los creadores visuales" (pág. 44),
http://www.tramaeditorial.es/shop/Detail.aspx?id=42
el abogado Miquel Roig se refiere a las meras fotografías como:
"aquellas fotografías que, de modo ocasional, puramente mecánico y
desprovisto tanto de creatividad como de profesionalidad, puede hacer
cualquier persona con ocasión de un viaje, una reunión familiar, etc."
y
"Por el contrario, las obras fotográficas son aquellas creaciones
originales realizadas por quienes revisten la condición de
fotógrafos-creadores visuales, con una dedicación profesional y una
altura indiscutible (más allá de cuestiones estéticas), y que,
precisamente por ello, sus creaciones son objeto de encargo."
Yo tampoco tengo acceso al libro de Eva Valero, pero intentaré buscarlo
por ahí. Txopi (o alguien más), si quieres una copia del artículo de
Roig, te puedo enviar unas fotocopias o escanearlo....
salud
ntx
> Pues yo te agradezco enormemente toda esta información (que me miraré
> con más calma). Hace un tiempo cruzamos algún comentario en la lista
> de Copyleft. Luego, en el Blog de David Maeztu dejé un comentario del
> que extraigo una consulta (no me respondió, hay que aceptarlo, uno no
> puede estar siempre que se le requiera). Mis dudas acerca de los
> métodos de legitimación del arte en el entorno jurídico y sus
> ineludibles consecuencias de carácter político quedaban expresaban en
> él, más o menos. Muy interesante este tema.
>
>
>
>
>
> http://derechoynormas.blogspot.com/2008/01/menudo-himno-himno-menudo.html
>
> Me cito a mí mismo:
>
> "El segundo apunte es una crítica a la idea que parece desprender tu
> nota según la cual un compendio de leyes puede resultar baremo
> adecuado para decidir si una creación es digna de protección o no.
>
> Desde el ámbito del arte (no desde la ley) la legitimación de una obra
> como tal se establece desde múltiples instancias en un proceso
> complejo en el que intervienen, por ejemplo, la crítica, las
> instituciones y museos, el mercado, el público, los propios artistas,
> etc...
>
> No existe un consenso absoluto sobre qué es una obra de arte porque a
> unos les gusta una cosa y a otros la contraria. Una vez comentamos
> este tema en la lista de copyleft acerca de lo que se consideraba una
> fotografía o no y yo puse el ejemplo de Nan Goldin que hace fotos
> familiares como las que podemos hacer tú y yo (aparentemente), pero
> que se exponen en los museos más importantes y se estudian en las
> universidades. Dejé aquella conversación colgada y ahora me arrepiento.
>
> Por este motivo muchas personas nos declaramos seguidores de la
> definición tautológica: arte es aquello con intención de serlo.
>
> Así, la propia definición adquiere un carácter complejo (en sentido
> estricto) con su dimensión hologramática (consensuada) y su dimensión
> dialógica (subjetiva, múltiple, desde cada ámbito).
>
> No hay que olvidar que la consideración como arte o no de cualquier
> propuesta está cargada de intención política, de ahí, por ejemplo, los
> denodados esfuerzos por parte de los artistas, críticos y galeristas
> (a través de sus asociaciones) para recuperar el control de los museos
> de manos de cargos políticos que poco o nada conocen del medio, pero
> que profesan afinidades y lealtades con el poder dominante. Es decir,
> se pretende que sean las propias instancias ligadas con el arte, no
> los políticos ni otros poderes, los que decidan sobre la legitimidad
> de las obras.
>
> Desde este punto de vista, en mi opinión, es más saludable que el
> himno de España sea considerado con los requisitos de originalidad y
> creación y con las cualidades artísticas necesarias para que goce de
> los privilegios de las obras intelectuales sólo si (y como única
> condición) ASÍ LO PRETENDE SU AUTOR".
>
> Un saludo.
> aitor.
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