[hackmeeting] Comunicado de A.H.E.

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Vie Mayo 18 02:52:44 CEST 2001


COMUNICADO DEL GRUPO AHE (15-5-2001)

A raíz de la nueva versión del anteproyecto de Ley de Servicios de
la Sociedad de Información y Comercio Electrónico (LSSI) el grupo AHE quiere
comunicar:

- -Que, aunque el anteproyecto ha experimentado mejoras importantes respecto
a
versiones anteriores, como la obligatoriedad de inscribirse en un registro o
los apartados referentes a los envíos de correo no solicitado (SPAM), la
base sigue siendo igualmente inadmisible.

En concreto, consideramos que, para que la futura ley esté dentro de
los límites de lo aceptable, debe:

a) Modificar el ámbito de aplicación de la ley para excluir a los
suministradores de información en línea gratuita (incluídas las páginas
financiadas con banners que suministran información en línea gratuita) en
apartados como Información general (artículo 10) o responsabilidad de
contenidos (artículo 11)

b) Prohibir todo tipo de intromisión administrativa en el control de
contenidos y servicios de los proveedores de servicios de información. Sólo
la autoridad judicial podrá decidir cuándo un proveedor de servicios de la
información debe cesar su actividad.

Sería, no obstante, admisible una acción administrativa urgente, si,
y sólo si, existe una flagrante violación de los derechos humanos. No
obstante, si después del proceso judicial pertinente, el proveedor fuera
declarado inocente, deberá recibir una indemnización por los perjuicios
derivados del cese de su actividad.

c) Modificación o eliminación del artículo 11, sobre responsabilidad de
contenidos, que creemos que puede contradecirse con los artículos
siguientes, los cuales consideramos que sí son, en líneas generales,
correctos.

d) Aclaración del artículo 8, punto 1, apartado b. Deberá quedar claro qué
se considerará un atentado contra los consumidores o usuarios y, si no se
establecen las garantías suficientes para que no se atente contra la
libertad de expresión con la aplicación de este artículo, sea eliminado.

Por ejemplo, se podría censurar una página sobre el sistema
operativo Linux, ya que se podría considerar que atenta contra los intereses
de los inversores de Microsoft (y la ley de la competencia podría no evitar
este abuso).

e) Debido a que el carácter de los grupos de noticias (USENET) es distinto
al del correo electrónico o listas de correo, creemos que debe protegerse
explícitamente del correo comercial no solicitado. Así, los tres mensajes no
solicitados a lo largo de un año, se deberán considerar a partir de todos
los proveedores de USENET a los que les sea aplicables la ley, y en todos
los grupos de noticias de la jerarquía es.* (la de España) excepto en
aquellos en los que los mensajes comerciales estén explícitamente aceptados
por su RFD (normas del grupo), como son los grupos de anuncios.

Mientras la ley no cumpla nuestras peticiones (que creemos que son
totalmente justas), seguiremos oponiéndonos a ella y apoyando y emprendiendo
cuantas acciones y campañas estimemos justificables, tanto provenientes de
nuestro grupo como de cualquier otra integrante de la comunidad electronica.

A.H.E.
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