[hackmeeting] plegunta

Manuel J. Román Estrade manje en manje.net
Mie Ene 16 15:44:07 CET 2002


Pues no, el impuesto revolucionario que pagas a la SGAE es para las
copias de tus cds para ti mismo, por ejemplo copiarte el cd a una
cinta para escucharlo en el coche, o pasarlo a mp3s para el
reproductor de mp3s. De todas maneras tu puedes copiar lo que quieras
si no perjudicas al autor y tu no ganas nada, puedes venir a mi casa,
llevarte la discografía de Marea, Platero o lo que sea, copiartelo en
tu casa y devolvérmelo y no inclumples ninguna ley.

On Wed, 16 Jan 2002 11:37:58 +0100
Hubble <Hubble en flashmail.com> wrote:

> Hol en s,
> 
> Después de esta sentencia, si me pillan con cd's grabados a mano,
con> musicas de otros cd's, mp3, etc. de los cuales no tuviera el
original,> no estoy incumpliendo nada pues ya he pagado los derechos
de autor ¿no?> 
> Hubble, 8-)
> 
> ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~
> 1.-  Los CDs virgenes deben pagar derechos de autor
> 
> 
>  Un juez de Barcelona condena a una compania a que pague derechos
>  de autor a la Sociedad General de Autores (SGAE) por vender
>  CDs virgenes
> 
> 
> RMA/Agencias
>  Asi, el juez ha ratificado que los discos virgenes (CD-R)
>  deben pagar derechos de autor, con una sentencia que condena
>  a una empresa a que se ponga al dia en sus pagos con la SGAE
>  desde 1997 hasta septiembre de 2000, segun informo ayer
>  esta entidad de gestion.
> 
>  El Juzgado de Primera Instancia numero 22 de Barcelona
>  ha estimado integramente la demanda que la SGAE habia interpuesto
>  contra una empresa comercializadora de CD-R que se negaba
>  a satisfacer a los autores el derecho de remuneracion por
>  copia privada que fija la ley La sentencia, con fecha 2 de
>  enero de 2002, es la primera que se dicta en Espana sobre
>  los derechos de autor en los CDs virgenes y obliga a la empresa
>  Traxdata a pagar canon de copia privada por todos sus CD-R
>  vendidos desde 1997 hasta septiembre de 2000.
> 
>  La copia privada es la compensacion a los autores que establece
>  la ley espanola por el uso de soportes virgenes grabables
>  de audio y video. Las empresas pagan a los creadores 30 pesetas
>  (0,18 euros) por cada hora de grabacion en soportes de audio,
>  y 50 pesetas (0,3 euros) en el caso de soportes de video.
>  Con la aparicion del disco compacto grabable, la SGAE reclamo
>  el correspondiente canon de copia privada a los fabricantes
>  y comercializadores.
> 
>  Partiendo de la cifra aplicable a las cintas de audio, -y
>  en funcion de su uso, al no ser aun mayoritaria la utilizacion
>  del sistema de compresion MP3-, el CD regrabable de 74 minutos
>  debe abonar una cantidad de 37 pesetas, que pasa a ser de
>  40 pesetas para los discos que permiten 80 minutos de grabacion.
> 
>  La empresa ahora condenada, Traxdata Iberica S.L., adujo
>  que los CD-R llamados «data» o «informaticos» no estan
>  concebidos para reproducir musica, sino para guardar
>  archivos informaticos. En consecuencia, Traxdata solo
>  se mostro dispuesta a satisfacer los derechos de remuneracion
>  por copia privada en el caso de los CD-R Audio, mas caros
>  y de mucha menor implantacion.
> 
>  La titular del juzgado 22 barcelones, Maria del Rocio Montes,
>  desmonta por completo las tesis de esta empresa. «Es evidente»,
>  dice la sentencia, segun la SGAE, «que el CD-R Informatico
>  o Data es un medio idoneo para la reproduccion de fonogramas».
>  Por ello anade: «No es aceptable que la demandada alegue
>  indebida utilizacion por el consumidor de los CD-R Data,
>  porque es bien sabido cual es el habito del consumidor espanol,
>  el de grabar mediante ordenador los CDs legalmente adquiridos
>  por otras personas, o grabar musica directamente de Internet».
> 
> 
>  La sentencia viene avalada por informes periciales que
>  demuestran la validez e idoneidad del formato CD-R Data
>  para grabar musica. En virtud de dicha sentencia, Traxdata
>  es obligada a facilitar a la SGAE «la documentacion precisa
>  para controlar el correcto cumplimiento del pago de derecho
>  de remuneracion», lo que incluye facturas de venta y proveedores,
>  autoliquidaciones, declaraciones de IVA, listado de
>  inventario y cuentas al mayor, entre otros documentos.
> 
> 
>  La referida sentencia es susceptible de recurso ante la
>  Audiencia Provincial de Barcelona. En todo caso, el Departamento
>  de Servicios Juridicos de la SGAE ha mostrado su satisfaccion
>  por esta sentencia, la primera que aborda el problema de
>  los CD-R grabables en nuestro pais, por la «sensibilidad
>  que muestra hacia los derechos mas elementales de nuestros
>  autores». En estos momentos se siguen procesos judiciales
>  similares al de Traxdata contra otras conocidas marcas
>  de discos virgenes, destaco la SGAE.
> 
>  De esta manera, se concluye con que las empresas comercializadoras
>  de cintas virgenes compensen a los autores con 0,18 _ (30
>  pesetas) por cada hora de grabacion en soporte de audio
>  y 0,30 _ (50 pesetas), en video.
> 
> 
> 
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Los que cederian libertades esenciales para
      comprar una temporal seguridad,
    no merecen ni libertad ni seguridad
                              (B. Franklin)

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