[Infos] Campa ña por la declaració n de inconstitucionalidad de la LSSICE (1-15 Julio 2002)
kontra
kontra at yahooka.com
Fri Jun 28 16:37:16 CEST 2002
Campaña por la declaración de inconstitucionalidad de la LSSICE
1-15 Julio 2002 (http://www.kriptopolis.com/net/)
Desde Mayo de 2001, en que se conoció el segundo borrador del
Anteproyecto de la LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la
Información y Comercio Electrónico), Kriptópolis ha mantenido
activa una Campaña (http://www.kriptopolis.com/net/modules.php?
op=modload&name=News&file=index&catid=&topic=11) contra la
aprobación de esa ley, por entender que es innecesaria y
contraproducente para el desarrollo de Internet en España, además
de inconstitucional, tanto por su empeño por controlar el
suministro de información (afectando por ello seriamente a la
libertad de expresión en la Red) como por introducir graves
riesgos para intimidad de los internautas españoles (a quienes
convierte en presuntos culpables).
Lamentablemente, la abrumadora mayoría del partido en el gobierno
en las instituciones parlamentarias, ha permitido a éste seguir
hurtando a la sociedad un debate profundo sobre esta ley,
desechando la inmensa mayoría de los centenares de enmiendas
presentadas en las dos cámaras legislativas. Como colofón del
largo diálogo de sordos que ha representado este proceso, la
LSSICE ha sido aprobada definitivamente en el Congreso el 27 de
junio de 2002, previéndose su entrada en vigor tras un período de
tres meses.
A partir de este momento, nuestro ordenamiento jurídico determina
que sólo los magistrados del Tribunal Constitucional pueden parar
este atropello a nuestros derechos más fundamentales, a aquellos
que nos corresponden como internautas y -sobre todo- como
ciudadanos. Pero para lograr que los magistrados se pronuncien al
respecto es necesario que así lo soliciten 50 diputados, 50
senadores, el presidente del gobierno, el Defensor del Pueblo o
los Órganos Ejecutivos o legislativos de las CC.AA.
Kriptópolis quiere facilitar a los internautas el ejercicio de su
derecho a solicitar de estas personas y organismos la presentación
de un recurso de inconstitucionalidad contra la LSSI. Con este
fin, hemos puesto en marcha esta campaña, que se inicia el 1 de
julio y finalizará el día 15 del mismo mes.
Solicitamos por tanto a todos nuestros lectores (e internautas en
general) que envíen nuestros mensajes preformados de correo
electrónico (http://www.kriptopolis.com/net/peticion.php) (sólo
uno por persona a cada destinatario) a los destinatarios que hemos
seleccionado (líder de la oposición, defensor del pueblo y
responsables de las comunidades autónomas), así como que promuevan
entre sus contactos la participación en esta campaña mediante el
envío de los correos electrónicos correspondientes.
Muchas gracias a todos por su colaboración.
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Envío de peticiones por correo electrónico
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IMPORTANTE:
Rogamos encarecidamente NO enviar más de un mensaje de correo
electrónico por persona a cada destinatario.
Sugerimos que coloque kp2002 at kriptopolis.com en el campo CC de su
mensaje, a fin de que podamos contabilizar las peticiones
emitidas.
Le agradeceremos informe a sus contactos sobre esta campaña y les
explique por qué deben adherirse a ella antes del 15 de julio.
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MENSAJE AL LÍDER DE LA OPOSICIÓN:
Email: psoe at psoe.es
Copiar y pegar en su mensaje, y añadir firma (nombre y DNI) antes
de enviar:
A la atención de D. José Luis Rodríguez Zapatero:
Muy Sr. mío:
Mediante la presente, y en su condición de principal representante
de la oposición, le insto a que, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 32 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional,
efectúe los trámites necesarios para que su Grupo Parlamentario
interponga Recurso de Inconstitucionalidad, para la defensa de los
derechos comprendidos en el Título I de la Constitución, frente a
la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio
Electrónico (LSSICE), aprobada el pasado 27 de junio de 2002 por
el Pleno del Congreso de los Diputados.
Dicha norma supone una clara trasgresión de la configuración
constitucional de los derechos fundamentales a la Libertad de
Expresión e Información (art. 20), así como de la Privacidad,
Intimidad y Secreto de las Comunicaciones (art. 18) y en todo caso
carece del rango necesario para afectar a estos derechos
fundamentales pues, conforme al art. 81 de la Constitución, su
tramitación debería haber seguido los trámites de la Ley Orgánica,
e invade competencias de otras entidades y poderes públicos.
En virtud de lo expuesto, le ruego que, debido a los graves
peligros que entraña esta Ley para el desarrollo de la Sociedad de
la Información en España, la invasión de competencias de otros
órganos y poderes públicos diferentes a la Administración del
Estado y, lo más importante, la violación de Derechos
Fundamentales que perpetra, efectúe los trámites necesarios para
el planteamiento de RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD frente a la
LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y COMERCIO
ELECTRÓNICO.
Nombre:
DNI:
MENSAJE AL DEFENSOR DEL PUEBLO
Email: registro at defensordelpueblo.es
Copiar y pegar en su mensaje, y añadir firma (nombre, DNI y
Domicilio) antes de enviar:
A la atención de D. Enrique Múgica:
Escrito de Queja al Defensor del Pueblo
Muy Sr. mío:
Mediante la presente, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 15 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor
del Pueblo, procedo a formular ESCRITO DE QUEJA, instándole a que,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley
Orgánica del Tribunal Constitucional y 29 de la Ley Orgánica
3/1981, interponga Recurso de Inconstitucionalidad, para la
defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la
Constitución (art. 1 Ley Orgánica del Defensor del Pueblo), frente
a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio
Electrónico (LSSICE), aprobada el pasado 27 de junio de 2002 por
el Pleno del Congreso de los Diputados.
Dicha norma supone una clara trasgresión de la configuración
constitucional de los derechos fundamentales a la Libertad de
Expresión e Información (art. 20), así como de la Privacidad,
Intimidad y Secreto de las Comunicaciones (art. 18) y en todo caso
carece del rango necesario para afectar a estos derechos
fundamentales pues, conforme al art. 81 de la Constitución, su
tramitación debería haber seguido los trámites de la Ley Orgánica,
e invade competencias de otras entidades y poderes públicos.
En virtud de lo expuesto, solicito al Defensor del Pueblo que
teniendo por presentado este escrito y admitiéndolo, tenga por
interpuesto ESCRITO DE QUEJA y, previos los trámites legales, se
sirva interponer RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD frente a la LEY
DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y COMERCIO
ELECTRÓNICO, para la salvaguarda de los Derechos Fundamentales que
tiene encomendada.
Nombre:
DNI:
Domicilio:
MENSAJE A LOS ÓRGANOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Email: El que corresponda a su comunidad autónoma de residencia.
Copiar y pegar en su mensaje, y añadir firma (nombre, DNI y
Domicilio) antes de enviar:
Muy Sr. mío:
Mediante la presente, y como principal responsable de su Comunidad
Autónoma, le insto a que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 32 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional,
efectúe los trámites necesario para que su Grupo Parlamentario
interponga Recurso de Inconstitucionalidad, para la defensa de
los derechos y reparto de competencias consagrados
constitucionalmente, frente a la Ley de Servicios de la Sociedad
de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE), aprobada el
pasado 27 de junio de 2002 por el Pleno del Congreso de los
Diputados.
Dicha norma supone una clara trasgresión de la configuración
constitucional de los derechos fundamentales a la Libertad de
Expresión e Información (art. 20), así como de la Privacidad,
Intimidad y Secreto de las Comunicaciones (art. 18) y en todo caso
carece del rango necesario para afectar a estos derechos
fundamentales pues, conforme al art. 81 de la Constitución, su
tramitación debería haber seguido los trámites de la Ley Orgánica,
e invade competencias de otras entidades y poderes públicos.
En virtud de lo expuesto, le ruego que, debido a los graves
peligros que entraña esta Ley para el desarrollo de la Sociedad de
la Información en España, la invasión de competencias de otros
órganos y poderes públicos diferentes a la Administración del
Estado y, lo más importante, la violación de Derechos
Fundamentales que perpetra, efectúe los trámites necesarios para
el planteamiento de RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD frente a la
LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y COMERCIO
ELECTRÓNICO.
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