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Giya giya at wanadoo.es
Mon Dec 2 21:43:18 CET 2002


Hola Quique,

Monday, December 2, 2002, 3:44:02 PM, you wrote:


Q> no hay ningún vacío legal: el copyleft no necesita nada, pues no es más
Q> que una aplicación de las ya existentes leyes del copyright.

Ojalá

Q> toma el libro que tengas más cerca. busca la nota de copyright.
Q> verás que dice algo así como que ``prohibida la reproducción total o
Q> parcial de esta obra sin autorización previa y por escrito''.

"Música y lenguaje en la estética contemporánea" :-) de Enrico Fubini,
Alianza Música ;-)   :

"Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en el
art. 534-bis del Código Penal vigente, podrán ser castigados con
penas de multa y privación de libertad quienes reprodujeren o
plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o
científica fijada en cualquier tipo de soporte sin preceptiva
autorización"


Q> pues bien, las licencias libres son precisamente esa autorización previa y
Q> por escrito.

Las licencias libres son una cosa maravillosa que impulsa una
fundación radicada en estados unidos y que hoy por hoy, como Miquel
dijo, se sostienen en base a convenios internacionales y no por leyes
estatales, ya que las leyes, argumentó Miquel, no necesitan de
conseraciones filosóficas o políticas (cosa con la que no estoy de
acuerdo, pero bueno, ya lo expliqué)


Q> el punto 6 de la gnu gpl es muy clarificador en este sentido (traducción
Q> no oficial):

Q>    No está obligado a aceptar esta licencia, ya que no la ha firmado.
Q>    Sin embargo, no hay hada más que le proporcione permiso para modificar
Q>    o distribuir el Programa o sus trabajos derivados. Estas acciones
Q>    están prohibidas por la ley si no acepta esta Licencia. Por lo tanto,
Q>    si modifica o distribuye el Programa (o cualquier trabajo basado en el
Q>    Programa), está indicando que acepta esta Licencia para poder hacerlo,
Q>    y todos sus términos y condiciones para copiar, distribuir o modificar
Q>    el Programa o trabajos basados en él.

Me gusta la gfdl.


>> El tema creo que no es simplemente
>> reivindicar una legislación al parlamento, pero sí entender que si
>> mañana alguien por el tema de las patentes

Q> el tema de patentes es muy diferente, y no tiene nada que ver con los
Q> derechos de autor.

Buueno, acotar el tema donde querais, pero si una multinacional se
aprovecha y patenta una solución de software original y novedosa que
un grupo de programadores creó para un programa gnu (por ejemplo la
distribución de las cajas de herramientas en un editor gráfico, cosa
perfectamente posible) y, luego, les prohiben seguir desarrollando el
programa como lo venían haciendo, ya me dirás si tiene que ver el
copyrighy del código fuente y lo que significa ese código fuente
(una serie de soluciones imaginativas)


>> o por lo que sea, plantea un
>> pleito a unas personas que han hecho unos programas gnu, el juicio, al
>> no haber una legislación ni unos derechos reconocidos,

Q> esto es absolutamente falso. el copyleft no es más que una aplicación del
Q> copyright, que está perfectamente legislado.

Vale, eso no lo sabía, gracias, pero dime en que articulado aparece el
término "copyleft"

Si el término no está recogido hay vacío legal, Quique.


>> podría salir de
>> cualquier manera. O sea, que el copyleft y la gnu se sustenten
>> únicamente en consideraciones filosóficas o en convenios internacionales

Q> ¿consideraciones filosóficas? no, no. una vez más: a nivel jurídico, el
Q> copyleft es, simplemente, la autorización del autor a que se use su obra,
Q> bajo ciertas condiciones.

De acuerdo, pero también hay una filosofía gnu con la que están hechas
licencias como la gfdl.


>> puede beneficiar indirectamente a empresas que aprovechándose del vacío
>> normativo decidan que eso puede patentarse y hacer una explotación
>> privada o pública en su beneficio.

Q> como te decía, las patentes son otra guerra.
Q> europa (todavía) no acepta patentes de software.
Q> el caso que nos planteas no sería posible, porque ese mismo software
Q> serviría de `prior art' y la patente no tendría validez.

Eso es un argumento, no una sentencia. Una sentencia la pueden
elaborar sin hacer ni puñetero caso a un argumento de peso o a un
principio.


>> ¿Porqué los países mediterráneos o los de mayor influencia del derecho
>> romano tienen una mayor desestructuración social (menor participación)
>> de la ciudadanía? Porque todas las reivindicaciones van a parar más o
>> menos en el parlamento o en el gobierno.

Q> ein??? nunca he visto mayor desestructuración social y menor participación
Q> de la ciudadanía que en el reino unido (supongo que debido al
Q> thatcherismo).
Q> y eeuu no se distingue precisamente por el activismo de sus ciudadanos...

No soy nada fan de la cultura anglosajona, pero en el reino unido creo
que se crearon las primeras trade unions, hubo por primera una clase obrera
organizada y el mismo Marx esperaba que con el desarrollo del nivel
industrial la primera revolución se produjera allí.

Respecto a la época del thatcherismo, en ningún país de europa, de la
segunda mitad del siglo veinte,  creo que ha habido el nivel de movilización
social que hubo en uk en aquellos años.


>> Esto es porque actúalmente, y en todo el mundo, igual en
>> eeuu que en europa, sólo hay dos modelos de propiedad reconocidos
>> (excepto algunos acuerdos de los gobiernos australiano y brasileño con
>> algunos pueblos aborígenes) la propiedad pública y la propiedad privada.
>> La propiedad colectiva, o también el que algo no sea propiedad de nadie,
>> aún no está reconocida;

Q> la propiedad colectiva existe desde siempre. en todos los pueblos hay
Q> monte comunal. la mayoría de la gente no es dueña de su plaza de garaje,
Q> sino que el local pertenece a una comunidad de propietarios, etc.

No me refiero a esa propiedad colectiva de la plaza de garaje, esa es
propiedad privada pero a nombre de varios titulares, no tiene nada que ver.

Por propiedad colectiva entiendo aquella que no tiene sujeto legal
definido. Una extensión de miles de kilómetros cuadrados reconocida
por el estado colombiano hace unos años a un pueblo, sin que ni
siquiera el estado pueda ejercer jurisdicción  en ese territorio
(no tienen dni, etc). En Australia y Brasil hay experencias
parecidas, aunque la de Colombia, que no me acordé ayer, creo que es
de las más completas.


>> en el estado actúal parece que todo tiene que
>> ser de alguien.

Q> menos la isla de perejil ;D


;D


Q> salud,
Q>  quique


Salud y tiempo.


-- 
Saludos,

 Giya                            mailto:giya at wanadoo.es




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