[Coopecolegal] Estatutos adaptados Ley Cooperativas Comunidad Madrid
Ángela Renilla Gelado
angelarege en hotmail.com
Lun Nov 21 15:23:16 CET 2011
Hola a todos.
Cambiaré los /as que pide Helena.
A lo que decías, Iñaki, sobre eliminar "de Iniciativa Social" para no poner dos categorías y el artículo 107, pienso que no se debería eliminar ninguna de las dos cosas. Se podría no mencionar el artículo 107 pero según la disposición adicional primera para entidades sin fines lucrativos, debemos cumplir las premisas de dicho artículo. Por ello también se entiende que realmente seríamos también, aunque no lo mencionáramos, Coop de Iniciativa Social. Pero además he visto en la guía de acogida de la CIC, en el punto 1, apartado características, hablan de que son de Iniciativa Social por permitir la figura del voluntariado y de sin ánimo de lucro porque son una entidad cuyo fin no es la consecución de un beneficio económico. Me voy a informar con seguridad en el Registro de si se puede ser más de una modalidad de las coop que aparecen en la ley.
Sobre lo que escribió Tomas, te comento que la mención a socios de trabajo por la que preguntas está en el Art. 8 Pto 5 de los estatutos CIC. Sobre las secciones, no hay problema porque no son obligatorias. Tampoco aconsejables como ya también se comentó en la reunión del domingo.
Bueno, que no se me olvide que ya me han escrito para que recoja el nombre MÁS PERSONAS previo pago, así que aprovecharé para sacar más información sobre lo de varias categorias en nuestra cooperativa. También intentaré conseguir un curso sobre coop para todavía tener más información y experiencias cooperativas.
Yo trabajo el martes por la tarde. Ojalá que haya un buen equipo de moderación para el 26.
Que lo paséis bien. Muchos besos. Ángela.
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