Re: [Copyleft-arte] Mesa redonda sobre "Propiedad intelectual en las artes plásticas" en ARCO

natxo rodriguez natxo en fundacionrdz.com
Mie Feb 21 00:34:07 CET 2007


Hola Aitor. Te echamos de menos en la mesa de ARCO...
Al hilo de intentar definir el ánimo de lucro, a mi me gustaba cómo lo 
tratan en la Licencia Aire Incondicional 
(http://www.platoniq.net/aireincodicional_licencia.html) que en su día 
hicieron Platoniq en colaboración con Abel Garriga.
"sin ánimo de lucro y sin obtener beneficio económico o comercial, de 
forma directa o indirecta con ella. Se entenderá que no hay beneficio 
comercial si el acceso al acto de comunicación pública de la obra da 
lugar al pago de una cantidad que no exceda de lo necesario para cubrir 
los gastos de funcionamiento de este acto"
Claro que no recoge el caso museos e instituciones el estilo, que sin 
ánimo de lucro indirecto, no hace mucha gracia que se apropien del 
trabajo.... pero no hay mucha opción...

En cuanto al WIKI..... pues venga... Lo más rápido sería utilizar algún 
servicio gratuito que hay por ahí. Si pedimos uno en sindominio, donde 
está alojada esta lista, puede tardar algo... ¿y en la web de copyleft?
Lo del control de las firmas ¿cómo quedó?

bueenas noches
ntx

>
> el problema está en que nadie se atreve a definir "no comercial" u sin 
> fines lucrativos". ¿lo es la wikipedia, que funciona con donaciones?, 
> ¿es no comercial un catalogo del reinasofia por el hecho de que no se 
> venda? personalmente, si reproducen una obra mía no estoy seguro de no 
> querer cobrar, pero si lo hace un galerista con su dinero, quiza 
> valore el esfuerzo y se lo regale. Si alguien en su blog habla de mi 
> trabajo y lo reproduce le mando unos mazapanes y una botella de 
> moscatel, aunque tenga anuncios de Adwords, y sin embargo me jode ver 
> como en el catalogo de una exposicion organizada por un ministerio 
> reeditado cinco veces salen mis trabajos y no veo un duro (bueno, 
> tampoco me jode tanto). ¿Que es lo que tiene que ser no comercial, sin 
> animo de lucro, la reproduccion en sí o la entidad que lo reproduce? 
> Para mi sigue siendo un lio...
>
> y venga, arranquemos con ese wiki pa lo de las firmas.
>
> Alvaro
>
>
> At 16:53 +0100 20/2/07, Aitor wrote:
>> Parece que CC y gestión colectiva no son incompatibles (no podría 
>> justificarlo fuera del sentido común, pero tampoco he escuchado 
>> opiniones autorizadas en contra de esta idea). Sin embargo, en mi 
>> opinión, no tiene mucho sentido acudir a la gestión colectiva 
>> funcionando con el modelo económico cooperativo. ¿Cuáles son los 
>> beneficios de dicha gestión? En el caso de la recaudación, la gestión 
>> de obras bajo CC-by-nc (por ejemplo) requiere de acuerdos específicos 
>> entre autor y distribuidor para la explotación de la obra con fines 
>> lucrativos y, como ya sabemos, los acuerdos específicos quedan al 
>> margen de la competencia de la gestión colectiva (por lo menos en lo 
>> que a Vegap respecta).
>>
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