[Presos] La Audiencia Provincial de Cádiz da la razón a la cárcel de Puerto I por el secuestro de MOLOTOV
Óscar Mo
oscar at sindominio.net
Fri Mar 7 01:16:36 CET 2003
Las quejas de los internos llegan al Congreso de los Diputados
La Audiencia Provincial de Cádiz da la razón a la cárcel de Puerto I por
el secuestro de MOLOTOV
El pasado 28 de noviembre la Sección Quinta de la Audiencia Provincial
de Cádiz desestimaba la queja de un interno de la cárcel de Puerto I
ante el secuestro de MOLOTOV, en un auto totalmente favorable a los
postulados de la dirección del penal. Cuatro meses antes, en un caso
mimético, la Audiencia Provincial de Madrid fallaba contra la cárcel de
Aranjuez, obligándola a devolver un ejemplar del periódico que había
sido retenido. Ahora, para tener una jurisprudencia favorable y dada la
autonomía territorial de estos juzgados, sólo nos queda esperar a un
auto del Tribunal Constitucional que atienda la demanda de los presos
contra la vulneración de la libertad de expresión e información.
Mientras, el caso ha llegado ya al propio Congreso de los Diputados,
donde el Ministerio del Interior ha respaldado la decisión de la cárcel
de Puerto I de prohibir a los internos la lectura de revistas
"subversivas como MOLOTOV".
Desde hace tiempo, la dirección de Puerto I, la única cárcel de régimen
cerrado del Estado y uno de los penales más duros, secuestra de manera
sistemática los ejemplares de MOLOTOV que tratan de llegar a los
suscriptores que se hallan presos dentro de sus muros. Por el contrario,
algunos de estos internos protagonizan desde hace meses una batalla
judicial contra la dirección penitenciaria por la restitución de este
periódico y de otras "publicaciones informativas con depósito legal y de
libre circulación". Ante las quejas de los presos, la respuesta del
Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de El Puerto de Santa María es
siempre la misma: avalar el criterio de la cárcel, que secuestra el
MOLOTOV para preservar la seguridad y el orden del centro penitenciario.
Este juzgado, en uno de los últimos autos del tribunal número 4
considera la retención adecuada, "toda vez que las publicaciones [los
diferentes números de MOLOTOV] contienen información acerca de acciones
concertadas de protesta a llevar a cabo en un futuro por internos en
centros penitenciarios en todo el territorio nacional" y "Molotov es una
publicación que pudiera servir de nexo de unión entre los internos allí
destinados".
Las denuncias de los internos de Puerto I han llegado hasta el mismísimo
Congreso de los Diputados, a través de sendas peticiones realizadas
mediante la vía prevista en el reglamento de la Cámara para la
presentación de propuestas de particulares. De esta forma, tal y como
publicó el periódico "El Mundo" el pasado 3 de febrero, el Ministerio
del Interior tuvo que pronunciarse en el Parlamento, respaldando por
completo la decisión adoptada por la dirección de la cárcel gaditana. El
departamento de Ángel Acebes resaltó que el reglamento penitenciario no
autoriza la tenencia de publicaciones que "atenten contra la seguridad y
el buen orden del establecimiento", prevaleciendo las "medidas de
seguridad" sobre el derecho de los reclusos a acceder al periódico
MOLOTOV. "El Mundo ", tal y como hiciera hace unos meses, situó esta
información junto a otras sobre la organización armada ETA, ignorando de
nuevo la presunción de inocencia del suscriptor que obtuvo el citado
fallo favorable de la Audiencia de Madrid, Zigor Larredonda, a quien
califica como "preso de ETA".
Audiencia de Cádiz
El fallo de la Audiencia Provincial de Cádiz que desestima la queja de
un interno de Puerto I por el secuestro de MOLOTOV no tiene desperdicio.
Tras recordar el carácter especial de este centro penitenciario,
"pensado para supuesto [sic] de especial peligrosidad o casos de
inadaptación a los regímenes ordinario y abierto, en los que el régimen
se caracterizará por una limitación de las actividades en común de los
internos y por un mayor control y vigilancia sobre los mismos", los
magistrados recuerdan los supuestos fines de la reclusión de los
penados: su "resocialización y rehabilitación", lo que exige "una
posición receptiva de los mismos a cuantas orientaciones y tratamientos
se puedan impartir en los centros, lo que exige a su vez una situación
de confianza y respeto a quien preste sus servicios en dichos
establecimientos". Partiendo de estos presupuestos, los jueces pasan a
valorar el contenido de MOLOTOV, un "periódico en el que no solo se
realizan críticas plenamente admisibles a la función penitenciaria, sino
que se procede a una descalificación global de la misma, con noticias
plenamente tendenciosas, así como constantes alusiones a violaciones de
derechos que no consta existan, y realizando un llamamiento a la huelga
dentro de dichos centros". De todo ello, indica el auto, "resulta
evidente que tales "noticias" contenidas en el periódico no solo no
contribuyen a la rehabilitación de los internos, sino que son
contraproducentes a ello, favoreciendo, así mismo, posiciones de
enfrentamiento con los funcionarios plenamente contrarias a la seguridad
y orden del Centro Penitenciario, y en definitiva al fin resocializador
de los internamientos".
Por último, el pasado 9 de octubre, otra audiencia provincial, la de
Valladolid, ante una reclamación similar de un recluso de Villanubla,
falló a favor del interno, al entender que la dirección de la cárcel
había retenido el MOLOTOV sin esperar la resolución de la instancia
judicial competente, en este caso el Juzgado de Instrucción de Caldas de
Reis.
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